COMUNICADO
Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas – CNDDHH
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEBE APROBAR LA CONSULTA PREVIA PARA INICIATIVAS LEGISLATIVAS RESPETANDO EL CONVENIO 169 DE LA OIT Y LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS
La consulta previa es un derecho de los pueblos indígenas que desde hace 20 años está vigente en el Perú. Sin embargo el Congreso de la República, aún no ha adecuado su reglamento para aplicar la consulta previa para las iniciativas legislativas.
Para subsanar esta omisión, la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos (CPAAAAE), la Defensoría del Pueblo y las organizaciones indígenas después de un arduo trabajo, lograron, en diciembre del 2014, ponerse de acuerdo para aprobar un dictamen de proyecto de Resolución Legislativa para modificar el reglamento del congreso e incluir el procedimiento de Consulta.
Sin embargo, actualmente la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso, presidida por Fredy Otárola, pretende aprobar un nuevo pre-dictamen que desconoce el consenso logrado por la CPAAAAE y va en contra de lo establecido por el Convenio 169 de la OIT y la Ley de Consulta (29785), cuando sostiene que el acuerdo alcanzado entre las organizaciones indígenas y el Congreso en la comisión, puede ser desconocido por el pleno del Congreso con el voto de la mayoría legal de congresistas (Art. 81).
La CNDDHH y el Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas, exigimos que el Congreso de la República apruebe la consulta previa para iniciativas legislativas, respetando el derecho a la consulta de los pueblos indígenas y lo establecido por el Convenio 169 de la OIT.
Lima 09/09/2015
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Fuente: CNDDHH