Aprueban Estrategia Nacional sobre Bosques y Cambio Climático

Orienta las acciones necesarias para desarrollar la disminución de la deforestación

Foto: ANDINA

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El Ejecutivo aprobó la Estrategia Nacional sobre Bosques y Cambio Climático, instrumento que permite orientar las acciones necesarias para desarrollar la disminución de la deforestación y, por tanto, a sus emisiones asociadas, implementando esquemas de desarrollo sostenible y el aprovechamiento de bienes y servicios del bosque.

Mediante un Decreto Supremo publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se establece que  la Política Nacional del Ambiente, aprobada por Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, resalta la importancia de los bosques en el Perú, incluyendo su papel en la mitigación y adaptación al cambio climático.
Este objetivo se cumple, específicamente, en el Eje de Política 1 sobre Conservación y Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales y de la Diversidad Biológica define Lineamientos de Política que buscan establecer el impulso de la gestión sostenible e integrada de los bosques; prevenir la reducción y degradación de bosques y sus recursos, así como conservar e incrementar la cobertura boscosa y la capacidad productiva del ecosistema.
Asimismo, privilegiar el aprovechamiento integral de los recursos del bosque; fomentar la reforestación; fortalecer el control y vigilancia con participación comunitaria y ciudadana; y evitar la deforestación de los bosques naturales.
La Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobada por Decreto Supremo N° 009-2013-MINAGRI, tiene por objetivo general contribuir con el desarrollo sostenible del país, a través de una adecuada gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Nación, que asegure su aprovechamiento sostenible, conservación, protección e incremento, para la provisión de bienes y servicios de los ecosistemas forestales, otros ecosistemas de vegetación silvestre y de la fauna silvestre, en armonía con el interés social, cultural, económico y ambiental de la Nación.
La norma, que lleva la firma del Presidente de la República, Ollanta Humala y está refrendada por el ministro del Ambiente, Manuel Pulgar Vidal, dispone que la publicación del presente Decreto Supremo y su Anexo en el Portal de Transparencia Estándar del Ministerio del Ambiente.
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Fuente: ANDINA

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