Organismos de derechos humanos hacen un llamado para la protección efectiva de los PIACI ante la amenaza de pandemia

Desde el Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos se advierte la necesidad de aprobar medidas urgentes para la salvaguarda de la vida e integridad de los pueblos más vulnerables al COVID-19

Foto: Archivo

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Por: CAAAP

10:30|21 de mayo de 2020.- Las instituciones del Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos expresan, mediante un pronunciamiento, la necesidad urgente de aprobar el predictamen del Proyecto de Ley 4044/2018-CR que modifica la ley 28736, para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y contacto inicial (PIACI), y establece salvaguardas para garantizar su vida e integridad frente al COVID-19.

A continuación, el pronunciamiento de forma íntegra:

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ORGANISMOS DE DERECHOS HUMANOS* HACEN UN LLAMADO PARA PROTECCIÓN EFECTIVA DE LOS PUEBLOS EN AISLAMIENTO Y CONTACTO INICIAL ANTE LA AMENAZA DE PANDEMIA COVID -19, A PARTIR DE LA APROBACIÓN DEL PROYECTO DE LEY 4044/2018-CR

Las instituciones del Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) expresamos la necesidad urgente de aprobar el predictamen del Proyecto de Ley 4044/2018-CR que modifica la ley 28736, para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial (PIACI), y establece salvaguardas para garantizar su vida e integridad frente al COVID-19, que será debatida en la tercera sesión extraordinaria de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afro-Peruanos, Ambiente y Ecología (CPAAAAE), el viernes 22 de mayo de 2020.

El Proyecto de Ley 4044/2018-CR representa una oportunidad para el avance en la garantía de los derechos de los PIACI conforme a los estándares internacionales de protección, los cuales han sido suscritos de manera voluntaria por el Estado peruano y conforme a los cuales existen una serie de obligaciones, tales como el deber de adoptar disposiciones de derecho interno para su protección (art. 2 Convención Americana sobre Derechos Humanos).

En ese sentido, como hemos manifestado en ocasiones anteriores, el contexto de emergencia por la pandemia de la COVID-19 ha exacerbado el riesgo de exterminio físico y cultural al que se encuentran sometidos los PIACI, en virtud de su especial vulnerabilidad. Por lo tanto, la materialización de estándares internacionales de protección en el marco normativo interno no debe hacerse esperar un día más.

Por ello hacemos un llamado urgente a los congresistas miembros titulares de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología respecto de lo siguiente:

  1. Aprobar el predictamen recaído en el Proyecto de Ley 4044/2018-CR, con texto sustitutorio, que modifica la Ley N 28736, el Decreto Legislativo N° 1374 que establece el régimen administrativo sancionador por incumplimiento de las disposiciones de la Ley 28736; y, el Decreto Legislativo N° 1489, que establece acciones para la protección de los pueblos indígenas u originarios en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Covid-19.
  2. Priorizar el debate de este proyecto de ley en la brevedad posible, principalmente porque en el marco de la pandemia del COVID-19, los PIACI se encuentran en mayor riesgo de exterminio físico y cultural al no garantizarse la intangibilidad de sus territorios.
  3. Aprobar de manera plena el texto sustitutorio de modificación del artículo 5.c de la Ley N° 28736 en tanto propone que todas las reservas indígenas sean intangibles, de tal manera que la limitación se encuentre en la propia Ley N° 28736 y no en un acto administrativo. Con lo cual se da cumplimiento a los estándares internacionales respecto de abstenerse de considerar excepciones que apelen al interés público de manera general, tal como la categoría de “necesidad pública”.
  4. Recordar que los PIACI son pueblos originarios distintos a las comunidades nativas, pues son pueblos altamente vulnerables que, en ejercicio de su autodeterminación y generalmente por presiones externas, se caracterizan por mantener un contacto nulo o intermitente con la sociedad mayoritaria. Esto les dificulta el desarrollo de memoria inmunológica para poder combatir enfermedades foráneas, por lo que cualquier tipo de contacto con terceros ajenos a ellos, los pone en grave riesgo de exterminio.
  5. Mientras tanto, exigimos se respete de forma irrestricta el no contacto con estos pueblos, dados los gravísimos impactos que el contagio del virus podría presentar para su subsistencia y sobrevivencia como pueblos.

El Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la CNDDHH se mantendrá vigilante al avance en el trámite legislativo, a la espera de la aprobación plena del texto sustitutorio propuesto en el Proyecto de Ley 4044/2018-CR, que permita avanzar hacia la efectiva protección de los PIACI.

Lima, jueves 21 de mayo de 2020.

(*) Las organizaciones de derechos humanos que conforman el Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la CNDDHH son las siguientes: Instituto del Bien Común (IBC), Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP), Earth Rigths International (ERI), Instituto de Defensa Legal (IDL), Derechos, Ambiente y Recursos Naturales (DAR), OXFAM-Perú, Red MUQUI, COOPERACCIÓN, Servicios en Comunicación Intercultural (SERVINDI), Asociación Servicios Educativos Rurales (SER), Foro Solidaridad Perú, Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (FEDEPAZ),Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible (IDLADS), Comisión de Justicia y Paz del Vicariato Apostólico de Iquitos, Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH), EQUIDAD Centro de Políticas Públicas y Derechos Humanos, Comisión Episcopal de Acción Social (CEAS) y Asociación Paz y Esperanza.

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