CNDDHH manifiesta su preocupación por la próxima aprobación del nuevo Código Penal

LA COORDINADORA NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS MANIFIESTA SU PREOCUPACIÓN POR LA PRÓXIMA APROBACIÓN DEL NUEVO CÓDIGO PENAL Y DEMANDA AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA UN PROCESO DE CONSULTA QUE INCORPORE APORTES DE LA CIUDADANÍA

Foto: RRP

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PRONUNCIAMIENTO

La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos expresa su grave preocupación por el nuevo texto del Código Penal que se discutirá y aprobará en el Congreso de la República este 12 de mayo de 2016, el cual, pese a tratarse de una norma muy importante que regula la potestad coercitiva y sancionadora del Estado, no ha sido objeto de un debate amplio por parte de la sociedad.  Además  contiene determinadas normas que de implementarse restringirían o violentarían los derechos humanos, contraviniendo así diversos tratados de derechos humanos de los cuales el Estado peruano es parte.

Al respecto, nos causa preocupación que se siga considerando a la explotación sexual de menores de edad como “prostitución forzada” (como es el caso de los artículos 313° y 314°). De igual manera, llama poderosamente la atención el aumento de penas hacia las mujeres en los casos de aborto o la creación de nuevos tipos penales como el de “lesiones imprudentes al concebido”, que podrían obstaculizar la atención médica a mujeres gestantes que, por su estado de salud, se encuentren en riesgo. Preocupa también la omisión de toda referencia a la orientación sexual y la identidad de género, pese a que en nuestro país miles de peruanas y peruanos sufren grave discriminación y violencia por estos motivos.

Con relación a los pueblos indígenas, no se ha tomado en consideración el Convenio 169°, tratado de derechos humanos de rango constitucional, en lo referido a los tipos de sanción distintos al encarcelamiento; tampoco se ha tomado en cuenta el acuerdo plenario del Poder Judicial con relación a la facultad jurisdiccional de  las rondas campesinas en los lugares donde no existen comunidades campesinas o nativas.

Para el caso del ejercicio del derecho a la protesta social, en este nuevo texto se debería dar cumplimiento a las recomendaciones sobre revisión de la legislación penal contenidas en el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos denominado “Criminalización de la labor de las defensoras y defensores de derechos humanos” (1) . En esta línea, nos preocupa que, por el contrario, se hayan creado nuevos tipos penales que permiten criminalizar aún más la protesta social como es el caso del delito de “Extorsión mediante toma, obstaculización o bloqueo de vías de comunicación”. Además tal como se describe en el nuevo texto, los delitos de extorsión (352°, 353° y 354°) desnaturalizan el tipo penal, ya que la extorsión es un delito cuya motivación e impacto es de naturaleza patrimonial; sin embargo, en estos tipos penales se estaría ampliando la extorsión en forma desmedida.

Adicionalmente, reviste especial gravedad la propuesta del artículo 665 referida a “delitos contra la administración de justicia ante tribunales internacionales”, ya que este artículo no solo vulnera el derecho de las víctimas y testigos a brindar su testimonio ante dichos tribunales sin temor alguno que posteriormente vayan a ser perseguidos penalmente en nuestro país, sino que además vulnera el Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos  (artículo 53°) que especifica que nadie puede ser enjuiciado por lo testimoniado en esta instancia. Vulnera también los compromisos internacionales, al pretender eliminar la imprescriptibilidad de los delitos contra el derecho internacional de los derechos humanos.

Frente a lo expuesto, recordamos al Congreso de la República que el Estado no puede replegarse frente a lo avanzado en la protección y garantía de los derechos humanos de sus ciudadanas y ciudadanos; al contrario, tiene el compromiso de avanzar en esta materia. Por este motivo, hacemos un llamado al Congreso para que genere un amplio debate antes de la aprobación del nuevo código penal, con el objetivo que la ciudadanía pueda conocer los alcances de esta norma y que, a su vez, se recoja e incorpore las recomendaciones de la sociedad civil, del Poder Judicial, así como de Organismos Constitucionalmente Autónomos, entre otros.

Exhortamos al Congreso de la República se legisle anteponiendo siempre la dignidad y los derechos humanos de todas las personas sin discriminación alguna por motivos de origen, sexo, raza, orientación sexual, identidad de género, religión, opinión, condición económica, social, idioma, o de cualquier otra índole.

Coordinadora Nacional de Derechos Humanos

Lima 12 mayo 2016

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Fuente:  CNDDHH 

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