Piden anular concesiones forestales en áreas de Reservas Indígenas

Zona Reservada Yaguas. Foto: Álvaro del Campo/The Field Museum.

Zona Reservada Yaguas. Foto: Álvaro del Campo/The Field Museum (IBC)

Redacción: SIGNIS ALC
15:00|07 de febrero de 2019.- La Organización Regional de Pueblos Indígenas del Oriente (ORPIO) exige que se respeten los derechos de los pueblos indígenas en aislamiento (PIA) y se anulen o reubiquen las 41 concesiones forestales otorgadas de manera ilegal sobre las áreas en trámite para el establecimiento de Reservas Indígenas a favor de los PIA en la región Loreto.

La demanda por parte de ORPIO se hizo efectiva el 6 de febrero por medio de cartas formales dirigidas al Servicio Nacional Forestal de Fauna Silvestre (SERFOR) y al Gobierno Regional de Loreto (GOREL) en referencia al proceso de «Zonificación Forestal».

En febrero de 2003 se presentó la solicitud de creación de la Reserva Indígena Tapiche–Blanco–Yaquerana–Chobayacu y afluentes, también conocida como “Yavarí–Tapiche” y en setiembre, la creación de la Reserva Indígena Yavarí Mirim, también conocida como “Yavarí Mirín”.

La creación de esas reservas indígenas tienen como objetivo salvaguardar los derechos fundamentales y los territorios de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario. 

Sin embargo, durante 2016 y 2017, la Dirección Ejecutiva Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Loreto otorgó, de manera ilegal, por lo menos 41 nuevas concesiones forestales dentro de las áreas de las Reservas Indígenas solicitadas en Loreto.

Se trata de 4 concesiones forestales dentro del área de la Reserva Indígena solicitada Yavarí Tapiche; y por lo menos 37 dentro del área de la Reserva Indígena solicitada Yavarí Mirim.

Las concesiones se otorgaron a pesar que la Ley 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, establece que: “no se otorgan títulos habilitantes forestales y de fauna silvestre en áreas en trámite de reconocimiento, de titulación o de ampliación de comunidades campesinas y nativas, así como en las áreas en trámite para el establecimiento de reservas territoriales para los pueblos en aislamiento».

Asimismo, el artículo 60 del Decreto Supremo N° 21-2015-MINAGRI establece que, “no se otorgan títulos habilitantes forestales y de fauna silvestre, en ningún caso, en reservas territoriales o en áreas en trámite para el establecimiento de reservas indígenas para los pueblos indígenas en situación de aislamiento o en contacto inicial”.

A pesar de conocer ambas normativas, en mayo de 2017, el SERFOR publicó el mapa “Unidades Ofertables Para Otorgamiento de Concesiones Forestales Maderables Mediante Procedimiento Abreviado Departamento de Loreto”.

En dicho mapa, se ofrecieron 197 nuevas “unidades ofertables”; de las cuales por lo menos 25 se superponen a las áreas de las Reservas Indígenas solicitadas a favor de los Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario en el Departamento de Loreto.

Por esa razón, ORPIO, a través de la Defensoría del Pueblo presentó al Gobierno Regional de Loreto un oficio exigiendo la nulidad de las concesiones forestales otorgadas con posterioridad a la vigencia de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, que prohíbe que las concesiones forestales se otorguen sobre áreas en trámite para el establecimiento de reservas indígenas. 

Más detalles: Pronunciamiento de ORPIO

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Fuente: SIGNIS ALC

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