Una nueva reforma planteada en el Congreso peruano amenaza con eliminar la comisión dedicada a los pueblos indígenas, relegando sus demandas a instancias sin enfoque específico. Esta medida debilitaría su representación política y pondría en riesgo la defensa de sus derechos, en un contexto donde la consulta previa sigue siendo insuficiente.

Foto: Congreso peruano
Lima, 1 de octubre de 2025 | 14:30 – El pasado 16 de septiembre, la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso peruano emitió un pronunciamiento de revisión de varios proyectos legislativos presentados entre 2024 y 2025, entre los que se encuentran las propuestas de nuevo reglamento de la Cámara de Diputados y del Senado.
Entre los objetivos de estos proyectos, hay uno común: reducir el número de comisiones ordinarias de 24 a 16 en la Cámara de Diputados, mientras que para el nuevo Senado se prevé la constitución de solo 7 comisiones ordinarias. Las comisiones ordinarias son grupos de trabajo permanentes encargados de analizar proyectos de ley y otras cuestiones legislativas, por lo que constituyen un pilar del funcionamiento democrático y de la representación en el Parlamento de las cuestiones más relevantes para el contexto peruano.
En la nueva configuración, la Comisión de Medio Ambiente y Sostenibilidad se reconoce como órgano independiente, separando el tema medioambiental del que antes se abordaba conjuntamente en la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Medio Ambiente y Ecología. Sin embargo, ya no se contempla una comisión autónoma dedicada a los pueblos indígenas: sus competencias podrían ser absorbidas por la Comisión de Inclusión Social, Familia, Mujer y Diversidad Cultural en la Cámara de Diputados, o por la Comisión de Economía, Medio Ambiente y Defensa del Consumidor en el Senado.
La falta de una comisión específica representa una amenaza concreta: los temas indígenas sólo se tratarían como cuestiones transversales, sin un espacio institucional dedicado a ellos. En consecuencia, esta reforma puede reducir drásticamente la ya frágil representación política de los pueblos indígenas y debilitar aún más la protección de sus intereses.
La Comisión de pueblos es vital para dotar de perspectiva y participación indígena los proyectos de ley que puedan afectarlos, sobre todo en ausencia gravitante de la consulta previa de medidas legislativas (considerada así por el Convenio 169 de la OIT pero no por la ley de consulta peruana); pero además dicha comisión es clave porque también permite analizar casos y/o propuestas desde otros sectores ajenos al congreso, permitiéndose que se citen desde personas del ámbito privado hasta ministros. Sin la Comisión de pueblos, todo ello se pierde y se invisibilizan las demandas de este sector de la población.