
Lima, 10 de febrero del 2026.
El Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP) expresa su profunda preocupación por la decisión de la Junta de Fiscales Supremos del Ministerio Público de cerrar unidades fiscales que atendían casos de abuso contra niñas awajun y wampis en dos localidades de la provincia de Condorcanqui, región Amazonas.
Mediante la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N.º 004-2026-MP-FN-JFS, de fecha 3 de febrero de 2026, se dejaron sin efecto -hasta el 31 de diciembre de 2026- el Acuerdo N.º 142-2025 y la Resolución N.º 079-2025-MP-FN-JFS que prorrogaron la vigencia de la Resolución N.º 042-2025-MP-FN-JFS. Esta última resolución había establecido la creación de la Fiscalía Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Río Santiago–Yutupis, así como de las plazas de la Unidad Médico Legal (médicos legistas y psicólogos) en Yutupis y Huampami, provincia de Condorcanqui, región de Amazonas. En decir, durante todo el año 2026 no se contará con la Fiscalía Especializada en Violencia contra la Mujer ni con el equipo médico-legal encargado de conducir las investigaciones de los casos de violencia sexual en la region.
Esta situación costituye un motivo de seria preocupacion, dado que en Condorcanqui se han reportado numerosos casos de violencia sexual contra niñas y jovenes, especialmente en las instituciones educativas. Según la Defensoría del Pueblo, durante el año pasado se registraron más de 800 casos de abusos sexuales contra menores de edad.
La eliminación de estas unidades afecta directamente al derecho a la integridad física y psicológica y a la indemnidad sexual de las niñas y adolescentes afectadas, y tiene graves repercusiones en su desarrollo integral, salud física y emocional, y trayectoria educativa, perpetuando patrones de violencia e impunidad.
Previo a la emisión de esta resolucion, la ausencia de una respuesta oportuna y especializada del Estado sobre los casos de violencia ya había sido advertida por diferentes instituciones, las cuales denunciaron el abandono por parte del Estado, la falta de acceso a la justicia y la desprotección de las víctimas de violencia sexual.
La desactivación de la Fiscalía Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Río Santiago–Yutupis evidencia la falta de una efectiva implementación y cumplimiento del marco normativo internacional y nacional.
En efecto, el Perú ha asumido compromisos claros y vinculantes a nivel internacional orientados a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Entre ellos destaca la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer – Convención de Belém do Pará (1994), adoptada en el marco de la Organización de los Estados Americanos, mediante la cual el Estado peruano se comprometió expresamente a adoptar políticas y medidas eficaces para eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres.
Asimismo, el Perú es Estado Parte de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1979), instrumento que lo obliga a adoptar todas las medidas adecuadas, incluso de carácter legislativo, para modificar o derogar leyes, reglamentos, usos y prácticas discriminatorias, a fin de garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las mujeres en todos los ámbitos.
Este escenario resulta particularmente crítico y alarmante si se considera, además, que la Ley N.° 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, establece la obligación del Estado de adoptar todas las políticas necesarias para garantizar la efectiva protección de las mujeres frente a los casos de violencia. A ello se suma la existencia de lineamientos vigentes que disponen la atención prioritaria y urgente de los casos de violencia sexual por parte de las fiscalías, aprobados mediante la Resolución Ministerial N.° 338-2014-MIMP, Lineamientos éticos para las investigaciones en violencia familiar y sexual, los cuales establecen la prioridad con la que deben ser atendidos los casos de violencia sexual contra mujeres en el Ministerio Público.
Esta situación representa una vulneración sistemática de derechos humanos fundamentales, ademas de costituir un incumplimiento de las obligaciones internacionales y nacionales asumidas por el Estado peruano en su compromiso de erradicar la violencia contra las mujeres. Desde el CAAAP condenamos la eliminación de las unidades fiscales por motivos presupuestales a pesar que no puede existir restricción económica alguna que justifique la inacción del Estado frente a la protección de los derechos fundamentales, particularmente de niñas, niños y adolescentes pertenecientes a pueblos indígenas.
Rechazamos profundamente la decisión de desactivar la Fiscalía Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Río Santiago–Yutupis y la Unidad Médico Legal. Solicitamos que se restablezca de manera inmediata, garantizando los recursos necesarios para su funcionamiento efectivo. Finalmente, instamos al Estado a cumplir con sus obligaciones constitucionales e internacionales en materia de derechos humanos, asegurando la protección integral de niñas, niños y adolescentes, y adoptando todas las medidas necesarias para prevenir, investigar y sancionar la violencia sexual en la provincia de Condorcanqui y en todos aquellos territorios similares donde se requiera atención especializada.