Más de un año después de la institución de la denuncia por presunta usurpación agravada contra Maritza Díaz Contreras, jefa de la comunidad asháninka Santa Rosa de Panakiari (Selva Central), el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Satipo resolvió declarar fundado el recurso de defensa técnica de improcedencia de acción, ordenando el archivo de la investigación contra la lideresa y sentando un precedente en el marco del proceso de ampliación del territorio comunal.

Satipo, 17 de abril de 2026 | Mediante la Resolución Nº 2, el pasado 19 de marzo el órgano jurisdiccional dispuso el sobreseimiento de la investigación, al considerar que los hechos imputados no configuran el delito materia de acusación en la vía penal. La decisión establece que el archivo se hará efectivo una vez que la resolución quede consentida, conforme a lo previsto en el Código Procesal Penal peruano.
A la espera de que se archive definitivamente la denuncia contra la jefa Maritza Díaz, esta decisión supone un gran paso hacia el reconocimiento de la soberanía territorial de la comunidad asháninka, que desde el inicio del proceso de georreferenciación de su territorio, iniciado en 2024, sufrió una serie de acciones de hostigamiento dirigidas primero contra la jefa comunal y luego contra otros dirigentes y comuneros de Santa Rosa de Panakiari.
En los últimos dos años, la jefa Maritza y sus hijos menores de edad han sido víctimas de vigilancia, seguimiento y toma de fotos por desconocidos, han recibido amenazas e intimidaciones de los denunciantes e incursiones no programadas de la policía a la comunidad. El riesgo escaló en enero de 2026, cuando un hombre, presuntamente involucrado en el tráfico de tierras, se presentó en la comunidad fingiendo ser oficial de policía y preguntando agresivamente por la jefa comunal. A los pocos días, este hombre fue encontrado sin vida en una localidad cercana, con aparentes signos de violencia.
En febrero de 2026, Maritza Díaz recibió finalmente la concesión de garantías personales por parte del Ministerio del Interior, a través de la Subprefectura de Río Negro. Este logro fue posible gracias a la incidencia de la comunidad ante el Mecanismo Intersectorial de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos. Se trata de un reconocimiento que, por un lado, evidencia el respaldo institucional, pero que, al mismo tiempo, confirma el incremento del riesgo para la seguridad de la lideresa.
“Gracias a las reuniones que tuvimos en Lima en febrero, la Policía Nacional de Río Negro está cumpliendo su responsabilidad, tal como acordamos con las instituciones: viene trabajando las 24 horas en la comunidad, en cumplimiento de las garantías que me otorgó el Mecanismo”, declaró la jefa Maritza Díaz. Asimismo, agradeció de manera especial al subprefecto del distrito de Río Negro, José García Mallea; al subprefecto provincial de Satipo, Ángel Cajjak Castañeda; y al capitán Vladimir Minaya Salvador, de la comisaría de Río Negro.
El archivo de la investigación constituye un avance hacia un desenlace favorable del caso; sin embargo, el camino hacia el reconocimiento integral del territorio ancestral de la comunidad aún es largo. En ese sentido, la comunidad continuará impulsando acciones de incidencia para que, en primer lugar, se confirme el archivo de la denuncia contra la jefa y, posteriormente, para que la Dirección Regional de Agricultura de Junín (DRAJ) incorpore al territorio de Santa Rosa de Panakiari las tres hectáreas en disputa, hoy convertidas en un símbolo de la lucha de la población por el derecho a administrar un territorio que le pertenece ancestralmente.
“El poder judicial se ha pronunciado en primera instancia y ha reconocido que el denunciante no tiene razón legal para la denuncia que hizo. El Ministerio Público ha apelado y su pedido debe resolverlo la Sala Penal de Apelaciones de Satipo. Esperamos que comparta el mismo criterio que el Juzgado de Investigación preparatoria de Satipo y le devuelva a la comunidad la tranquilidad de vivir en su territorio ancestral” resaltó Breiton Leon, abogado de la Comunidad.
De ser ratificada, esta decisión constituiría un precedente importante para los numerosos casos similares presentes en la Selva Central, donde diversas comunidades nativas enfrentan conflictos territoriales y procesos de criminalización vinculados a la defensa de sus territorios ancestrales.
“Esta resolución de sobreseimiento es muy importante para este caso y para la región, porque el juzgado incorpora en su análisis estándares del derecho internacional de los pueblos indígenas, como el Convenio 169 de la OIT, al reconocer que la propiedad se basa en sus derechos colectivos sobre tierras ancestrales, territorios y recursos. Se señala que la posesión tradicional es suficiente para acreditar la propiedad, incluso sin títulos formales, comprendiendo el territorio en su integralidad. Asimismo, enfatiza que existe una obligación del Estado de respetar y reconocer la propiedad y posesión de las comunidades sobre sus tierras ancestrales” explicó Karla Flores, coordinadora regional de Junín del Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP).
En un contexto en el que su implementación sigue siendo limitada, la aplicación efectiva del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo en decisiones judiciales en el Perú contribuye a fortalecer estándares replicables en otros casos. En ese sentido, el sobreseimiento marca un precedente clave. Avanzar en su aplicación resulta fundamental para garantizar los derechos colectivos de los pueblos indígenas y construir mecanismos reales de protección frente a la vulneración de sus tradiciones ancestrales.

