TC admitió demanda contra ley del ‘paquetazo ambiental’

Se observará si la Ley 30230 es inconstitucional respecto al derecho de los indígenas sobre territorios para inversión

Tribunal Constitucional indagará sobre la posible inconstitucionalidad de la Ley 30230.(Archivo El Comercio)

Tribunal Constitucional indagará sobre la posible inconstitucionalidad de la Ley 30230.(Archivo El Comercio)

El Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite la demanda de inconstitucionalidad presentada por cinco mil ciudadanos contra diversos artículos de la Ley 30230. Esta norma, que promueve la promoción y dinamización de la inversión en el país, es conocida como ‘paquetazo ambiental’.

En junio del 2014, la Comisión Permanente del Congreso aprobó este paquete de medidas económicas remitidas por el Ejecutivo. Tras ello, diversas asociaciones civiles se opusieron a la normativa, que –argumentaban– ponderaba la inversión en territorios indígenas sobre los derechos básicos de las comunidades y sobre el cuidado del medio ambiente.

RECURSOS LEGALES
En abril del año pasado, las organizaciones indígenas presentaron una demanda de inconstitucionalidad contra 22 artículos de la Ley 30230 ante el TC. Según explicaron, dichos artículos vulneraban su derecho a vivir en un medio ambiente adecuado, así como el de la debida propiedad de sus territorios.

De acuerdo con la resolución del máximo órgano constitucional, con fecha 15 de marzo último, se aceptó tramitar la demanda, luego de que los demandantes subsanaron su pedido respecto a los artículos que establecen pautas sobre la inscripción de predios para proyectos de inversión pública y privada.

Para el abogado Juan Carlos Ruiz, del Instituto de Defensa Legal (IDL) y promotor de la acción, los mencionados artículos son inconstitucionales porque colisionan con los derechos de pueblos originarios en relación con la propiedad de sus territorios ancestrales.

César Ipenza, experto en derecho ambiental, advirtió que la resolución del TC establece que, una vez notificado, el Congreso tendrá 30 días hábiles para pronunciarse sobre la demanda.

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Fuente: El Comercio

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