A cinco años de cárcel y al pago de una reparación civil de 10,000 soles a favor del Estado peruano, fue condenado Juan Arce Intosca, por el delito contra los bosques o formaciones boscosas en su forma agravada. Ello responde a que el imputado realizaba tala ilegal al interior del Bosque de Protección San Matías-San Carlos.
Esta condena fue dispuesta por el Primer Juzgado Penal Unipersonal de Oxapampa, al declarar fundada la denuncia presentada por el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp) ante el Ministerio Público,en el año 2010, por el delito de depredación de bosques dentro de un área natural protegida.
Durante un monitoreo realizado por personal guardaparque del área natural protegida se intervino a Amadeo López Anchoma, quien fue encontrado realizando la tala ilegal de árboles de la especie tornillo en la quebrada del río Chivis, al interior del bosque de protección. Luego de constatarse que no contaba con permiso ni autorización para realizar esta actividad, López Anchoma indicó que cometió este ilícito por orden de Juan Arce Intosca, quien a su vez manifestó que no solicito autorización para la tala porque no era propietario.
Reserva Comunal Yanesha
Similar medida fue dictada por dicha instancia judicial contra Alejo Víctor Jorge y Erick Isaías Poma Malpartida, quienes fueron sentenciados a seis años de prisión y al pago de una reparación civil de 15,000 soles a favor del Estado, por el delito contra los bosques o formaciones boscosas en su forma agravada al realizar acciones de tala ilegal al interior de la Reserva Comunal Yanesha.
Con esta condena la Corte Superior de Justicia de Junín declaró fundada la denuncia presentada por el Sernanp en el 2012, por el delito de depredación de bosques dentro de un área natural protegida, por la deforestación de 13 hectáreas en el sector de Alto Lagarto y la quebrada San Miguel, al interior de la Reserva.
Durante el monitoreo realizado por guardaparques de la reserva comunal se intervino a Erick Isaías Poma, por la tala de aproximadamente 100 árboles y la quema de 6 hectáreas de bosque primario, según indicó, para la ampliación de sus terrenos agrícolas. Al constatarse que no contaba con permiso ni autorización para realizar esta actividad, Poma Malpartida alegó que no tenía conocimiento de que estuviera cometiendo un delito, pese a haber participado en las charlas informativas desarrolladas por especialistas de la reserva sobre este tema.
Por su parte, Víctor Jorge Alejo fue intervenido por deforestar y quemar aproximadamente 7 hectáreas de bosque, a fin de ampliar sus terrenos al interior de la Reserva y sembrar pasto Brizhanta, sin contar con permiso o autorización. Jorge Alejo alegó también desconocer que este hecho constituye delito, pese a que en el año 2010, personal guardaparque de la reserva comunal le informó sobre la ilegalidad de ampliar su frontera agrícola/ganadera dentro del área protegida sin autorización previa.
Sernanp recortó que la tala de árboles al interior de un área natural protegida es una actividad ilegal tipificada como delito en su forma agravada y los transgresores de la norma podrían ser reprimidos a penas privativas de libertad de entre 6 a 10 años, según refiere el Código Penal.
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