A pesar de existir un marco jurídico –nacional e internacional- y cierta institucionalidad que deberían asegurar el respeto de los derechos de los pueblos indígenas en el Perú, la realidad es completamente distinta. Dos abogadas nos cuentan las dificultades que tienen que enfrentar en el sistema judicial peruano cuando tienen que hacer su trabajo.
Por Daniel Ávila
11:39|26 de febrero de 2018.- En las más conocidas páginas de noticias del país pasaron desapercibidas las conclusiones de una de las audiencias públicas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en su sesión número 162 (mayo de 2017), en la que se le llamó la atención al estado peruano en relación a cómo éste viene aplicando políticas «regresivas» en materia de institucionalidad indígena.
En la audiencia conducida por las comisionadas Esmeralda Arosemena, Margarette May Macaualay y el comisionado Paulo Vannuchi de la CIDH se resaltó, por ejemplo, las «graves consecuencias» de haber usado la palabra mestizo en el último censo nacional del año pasado; y que, el hecho de que el Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano (Indepa) haya perdido rango ministerial, implica cierta regresividad. «Cuando hay regresividad nos cabe alertar», dijo en su intervención el comisionado Vannuchi.
El Indepa es ahora tan solo un órgano adscrito al Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura del Perú. Lo pequeño dentro de lo pequeño.
Tan solo un blog, el del Instituto Internacional de Derecho y Sociedad (IIDS), liderado por la abogada Raquel Yrigoyen Fajardo, rebotó en junio de ese año dicha información. Yrigoyen, junto a diversas organizaciones indígenas, afrodescendientes y campesinas del Perú estuvieron en esta audiencia para exponer sus señalamientos sobre lo que está pasando en el país en lo que respecta institucionalidad indígena, frente a representantes del estado peruano.
Esos dos casos -el censo y el Indepa- aluden a decisiones tomadas durante los gobiernos de Pedro Pablo Kuczynski y el segundo gobierno de Alan García, respectivamente. Sin embargo, de acuerdo a Yrigoyen, el debilitamiento de esta institucionalidad ha ocurrido en todos los gobiernos desde la presidencia de Alberto Fujimori, y en distintos niveles.
Eso es lo que nos comenta Yrigoyen, quien conversó con nosotros. Quien fuera también consultora en la Oficina Internacional del Trabajo (OIT) para el programa de promoción y aplicación del Convenio 169 OIT en América Latina, señaló que, en la actualidad, estamos viviendo una suerte de tercera invasión y despojo de los territorios indígenas –sistemática y estructural al Estado peruano-, luego de las dos ocurridas con la llegada de los españoles y aquella durante el siglo XIX y la construcción de la República.
“Estos 30 últimos años vivimos el tercer ciclo de invasión de los territorios indígenas. Pero ya no los va a encontrar desarmados. De un lado los pueblos lograron el reconocimiento de derechos y el constitucionalismo social, (…) ahora tenemos un marco de protección in crescendo que se reafirma con el convenio 169 de la OIT, la declaración de Naciones Unidas del 2007 y toda la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (comunidad Mayagna Awas Tingni versus Nicaragua, Comunidad Indígena Sawhoyamaxa versus Paraguay, entre otras)”
Sin embargo…
“Luego viene el Consenso de Washington, la banca mundial y el Fondo Monetario Internacional quienes empiezan a condicionar a los países la entrada de las trasnacionales para extraer recursos a cambio de refinanciar la deuda. El Perú lo hace en el 1992 y empieza la contradicción entre un marco jurídico de protección de los derechos de los pueblos originarios y políticas que van en detrimento y en desconocimiento de esos derechos”, afirma.
Recordemos que durante el gobierno de Alberto Fujimori, con la nueva Constitución de 1993 se eliminó los conceptos de “inembargabilidad” y de “inalienabilidad” de las tierras de las comunidades campesinas y nativas que estaban en el artículo 89 de la Constitución de 1979, como lo recordó en una publicación en cierta oportunidad el abogado de Instituto de Defensa Legal Juan Carlos Ruiz Molleda. Se promulgó, además, en 1995 la ley 26505 («Ley de la inversión privada en el desarrollo de las actividades económicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas») que volvió a reafirmar el sistemático despojo y la privatización de las tierras de las comunidades campesinas y nativas.
Luego, la continuidad: Alejandro Toledo y el Tratado de Libre Comercio, Alan García y el Baguazo, Ollanta Humala y los conflictos mineros.
Fue el Instituto Internacional de Derecho y Sociedad, fundado por Yrigoyen Fajardo, quien llevó el caso del conflicto por el proyecto minero Conga a la CorteIDH. Esta misma institución ve actualmente el caso de la comunidad nativa Tres Islas (Tambopata, Madre de Dios), comunidad constituida de familias Shipibas, Ese Ejas, Asháninkas y no indígenas. En el 2010, haciendo uso de su jurisdicción y autonomía, luego de acordarlo en una asamblea, esta comunidad decidió instalar una tranquera y una casa comunal para controlar y evitar la entrada de mineros y taladores, y toda su maquinaria, a sus territorios. Las empresas mineras Los Mineros S.A.C. y Los Pioneros S.C.R.L interpusieron un hábeas corpus por presuntamente haberse violado el derecho al libre tránsito con la decisión de la comunidad. Un juez acoge dicha solicitud y en menos de una semana la policía nacional llega al lugar para retirar la infraestructura de defensa que fue consensuada en Tres Islas. “Tú ves allí que la justicia sí funcionó: cumplió todos sus plazos, ordenó ejecutar, todo funcionó perfecto”, comenta Yrigoyen, pero con cierta salvedad.
La respuesta de Tres Islas fue interponer otro hábeas corpus. Y en el año 2012, el Tribunal Constitucional declaró fundado dicho pedido interpuesto por la comunidad nativa, frente a la sentencia anterior emitida por la Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios que favoreció a las empresas denunciantes. No obstante, han pasado casi cinco años, y mientras las familias de Tres Islas no tuvieron tranquera ni caseta de supervisión, su territorio fue invadido por aquellos contra quienes se defendieron en un primer momento. Lo que piden, ahora, es que Ministerio del Interior y el Ministerio Público ayuden a desalojar a los invasores, y están a la espera de ello tras haberse reunido con autoridades de esas instituciones, así como con representantes del Congreso de la República, con el Presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez y con la Defensoría del Pueblo. Más de cinco años desde la sentencia del Tribunal Constitucional no son sin duda iguales a la eficiencia de menos de una semana con que se ordenó destruir la tranquera de la comunidad nativa.
“Tal es la desidia que a la comunidad de Tres Islas se la ha detectado mercurio y ha ganado una medida cautelar de la CorteIDH para que el Estado le proteja” señala Yrigoyen, y esto ocurre por la intensa actividad de la minería ilegal en su territorio.
No solo se experimenta la desidia de algunas autoridades, sino acciones que rayan con la injusticia. El “Proyecto de conectividad integral de banda ancha para el desarrollo social de la región de Lambayeque”, subsidiado por el Fondo de Inversión de Telecomunicaciones del MTC, fruto de un convenio entre esta institución y Telefónica, tiene como objetivo lograr la conectividad en zonas rurales en todo Lambayeque. La comunidad de San Juan de Kañaris es una de las beneficiadas bajo la condición, sin embargo, de que sea obligatoria la compra-venta de parcelas de territorio para instalar la infraestructura requerida acceder a ese servicio público. En el 2016, líderes Kañaris y autoridades municipales llegaron hasta el Congreso de la República para exigir la modificación de esa condición, pues sí estaban de acuerdo con el acceso a servicios, sin duda, pero en los términos de alquiler.
«A quién de nosotros, aquí en la ciudad, le obligan a perder una parte de propiedad para acceder a un servicio público. A los pueblos indígenas les obligan», señala.
“En general hay muchas dificultades para acceder a la justicia. Estos procesos son carísimos y largos. Se debe estar viajando a la comunidad y al juzgado, y los abogados de oficio no toman estos casos. La Defensoría del Pueblo que tendría potestad para interponer acciones de amparo y constitucionales de oficio tampoco lo suelen hacer. Cuando los comunidades quieren acceder a la justicia e interponen acciones se encuentran con trabas, lentitud, y los jueces casi nunca les dan la razón en primera instancia”, comenta, por experiencia, la abogada.
Cuando a los pocos días de que Irupé Cañari Aragón empezó a trabajar como asesora legal en la Central Asháninka del Río Ene (CARE), organización que agrupa a 17 comunidades y 33 anexos de esta cuenca, tuvo que atender el caso de un jefe Asháninka, detenido por requisitoria al no haber rendido su manifestación en un proceso. Ella estaba allí cuando el juez empezó con sus preguntas iniciales de rutina: cuál es su nombre, edad, nombre de mamá, hijos, etc. El jefe dijo que prefería responder en su idioma. “El juez señaló que no se necesitaba un intérprete y que se le debía tomar la declaración en castellano”, cuenta.
La insistencia de Cañari de señalar la necesidad de que se consiga un intérprete fue interpretado por el magistrado como una obstaculización de la diligencia “y que se levantaría un acta haciendo constar la obstrucción al trabajo del juez”.
“Tenemos, por un lado, el indígena que está en calidad de agraviado y por otro lado, el indígena que está en calidad de denunciado o acusado, quienes tienen el derecho a que se les garantice sus derechos como indígenas en un proceso de investigación fiscal o judicial que es diferente y desconocido, en la mayoría de los casos, por los indígenas. En ambos casos no hay presencia de traductores que de oficio debería garantizar el Ministerio Publico, el Poder Judicial, la Policía Nacional, Medicina Legal, y no esperar que el abogado del indígena lo solicite”, observa la abogada.
La comunidad nativa de Meantari, en febrero de 2017, fue invadida por taladores ilegales, quienes llegaron al lugar armados. Desalojaron con amenazas a los Asháninkas asentados allí y destruyeron y quemaron la casa comunal y parte de sus pertenencias que las familias dejaron por el miedo frente semejante invasión que tuvo, cuentan algunos comuneros, algunos parecidos con el terrorismo que vivieron sus padres y algunos de ellos cuando fueron niños.
Pasaron dos meses desde ese violento despojo, y los ronderos de la cuenca del Ene lograron retomar Meantari luego de que los ronderos indígenas de la cuenca del Ene se organizaran para ello. Armados con retrocargas y arcos y flechas, llegaron y constataron que los invasores habían huido, dejando algunas herramientas para la tala y madera de tornillo aserrada apilada que no pudieron llevarse.
Serfor hizo el decomiso, CARE hizo las denuncias respectivas por tala ilegal, usurpación y daño agravado; sin embargo, hasta ahora el fiscal en materia ambiental, Julio Dávila Puño, no ha ido al lugar donde está la madera para continuar con las diligencias. Su argumento, nos cuenta Cañari, es el siguiente: es zona roja y él no puede exponerse a una zona de ese tipo, en donde el narcotráfico está activo. Es decir, ¿los asháninkas sí?
Dávila Puño, desde el helicóptero que lo iba a dejar en la zona para hacer la constatación, dijo que las fuerzas armadas le informaron que no debía bajar por no ser seguro.
“Todas las denuncias que CARE efectuó por delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente, en la cuenca del Río Ene, siguen en proceso de investigación en sede fiscal, sin haberse efectuado diligencias de inspección ocular, es decir el fiscal no tiene una participación activa del proceso de investigación, limitándose solo a recabar declaraciones testimoniales. Por ello, existe impunidad, ya que no hay presencia del Estado”, comenta la abogada.
En este caso los mismos asháninkas fueron denunciados por usurpación por los presuntos invasores. En esas oportunidades uno podría decir que es una justicia totalmente ciega. Sin mencionar lejana, ya que para viajar a Satipo y realizar las diligencias judiciales o administrativas se necesitan recursos económicos, pues son varias horas de viaje en chalupa o en carro.
El respeto por la autonomía por el territorio no es una práctica común tampoco en las Fuerzas Armadas. Ejemplo de ello, es haber retenido a 10 asháninkas de la comunidad nativa de Coriri (ubicada al margen izquierda del río Ene en el distrito de Pangoa, Junín), quienes encontraron dormidos a un pequeño pelotón de militares provenientes de la base militar de Pichari y que realizaban peinado de la zona sin aviso ni consulta a las comunidades cercanas. Sometidos a un interrogatorio relacionado con saber acerca de la presencia de narcoterroristas en la zona, sin alimentación durante más de un día, dos de ellos pudieron escapar y fueron ellos que dieron a conocer el hecho a la comunidad y a CARE. Esto ocurrió en julio del año pasado.
“Otro de los reportes recibidos por los asháninkas, es de la comunidad nativa Pichiquia, en cuyo territorio se encuentra una base militar. Deberían sentirse más seguros por ello, sin embargo, señalan, los militares cada noche roban sus cultivos”, añade la abogada acerca de esta relación de desconfianza que existe en las fuerzas armadas y las comunidades nativas del Ene.
La motivación
-> Irupé Cañari:
“Creo que el seguir aportando con la abogacía tiene sus recompensas pero también sus dificultades, que no me amilanan, sino me fortalecen. Por ello, considero que debe haber más abogados especializados en pueblos indígenas, que puedan aportar en la construcción de un derecho intercultural. He ahí la importancia de que se implemente asignaturas de derechos de los pueblos indígenas en la carrera de Derecho en las diferentes universidades, porque es lamentable que los profesionales que al final terminan trabajando en el sector público no tengan claridad de lo pluricultural que es nuestro país y de que necesitamos de políticas públicas diferenciadas con una base legal diferenciada”.
-> Raquel Yrigoyen:
“Los pueblos indígenas siempre van a resistir. De hecho, ellos hacen movilizaciones, marchas, tienen sus formas de resistencia usando su propio derecho y sus propios mecanismos de defensa. Hay un marco jurídico internacional y constitucional que puede apoyar esa resistencia desde el lado del derecho. No queremos que los pueblos se defiendan tirando palos a la policía o que esta sociedad vaya a la matanza. Creo que es posible, como sociedad, que usemos el marco de los derechos humanos para respetarnos y canalizar también los conflictos. Si hay unas normas y marco jurídico que defienden estos derechos, nuestra lucha va por el sentido de que se cumplan”.
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Fuente: La Mula.pe
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