El Gobierno Territorial Autónomo Awajún (GTAA) acordó la creación de una Mesa de Justicia Intercultural. Este espacio fue establecido durante un encuentro realizado en Bagua con representantes de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú y diversos ministerios. A través de este espacio de diálogo, el GTAA buscará el reconocimiento de la autonomía de su sistema de justicia especial, así como la implementación de mecanismos de colaboración con la justicia ordinaria para la ejecución de sentencias comunitarias en cárceles nacionales, entre otros.

Foto: GTAA
15.15 | 27 de mayo, 2025.- El reconocimiento y ejercicio del derecho del pueblo Awajún a su propio sistema de justicia ya no es solo un sueño, sino una perspectiva cada vez más concreta. En el marco de los esfuerzos para lograr esta meta, el pasado 9 de mayo se realizó un encuentro en Bagua, impulsado por el Pamuk del GTAA y abogado Gil Inoach Shawit, y el presidente de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, Norberto Cabrera Barrantes, donde se acordó la instalación de una Mesa de Justicia Intercultural.
La Mesa representa un espacio de diálogo entre autoridades estatales y del GTAA para la elaboración de un protocolo de coordinación entre el sistema de justicia awajún y el ordinario. “Este protocolo permitiría que, cuando los jueces awajún dicten sentencias con mayores años de pena, estas se ejecuten en la cárcel nacional. Principalmente se trataría de casos de violaciones de menores de edad y homicidios”, explica el Pamuk del GTAA.
La necesidad de una colaboración con la justicia ordinaria en la ejecución de penas surge del trabajo que el GTAA ha venido desarrollando, culminado en la elaboración de tres códigos de justicia awajún basados en el derecho consuetudinario y en el respeto de los derechos humanos. Entre las novedades más importantes introducidas con los códigos, está el aumento de las penas por algunos delitos. “Antes, quien violaba era castigado por 72 horas; en el mejor de los casos, últimamente la pena llegaba a un año. Ahora, con nuestro código, las penas son de 10, 15 o 20 años, dependiendo del nivel de agresión y de la edad de la víctima. Hemos elevado las penas, pero no tenemos cárceles donde ejecutarlas: los reos se escapan. Para evitar esto, el sistema nacional penitenciario debe ayudarnos”, destaca Gil Inoach Shawit.
Este tipo de articulación se basaría en el reconocimiento, por parte de las autoridades del Estado, de la autonomía del sistema judicial del GTAA, aplicando, por ejemplo, el principio de no repetición, el cual prevé que, si el infractor es sentenciado en la comunidad, no pueda haber otra denuncia en el sistema ordinario por el mismo crimen. Asimismo, es una condición necesaria que se respete que todos los casos sean solucionados en la comunidad, mientras así lo decidan los agraviados. “Para resolver completamente los casos en nuestros territorios, utilizaríamos nuestras propias reglas, pruebas, nuestros propios procesos, nuestros peritajes, sistema de testigos… para que se pueda hacer justicia a satisfacción de los agraviados y afectados”, señala el Pamuk del GTAA.
Por su parte, Segundo Herrera Mejía, abogado y coordinador de la oficina de Amazonas del Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP), destaca que: “Un sistema judicial autónomo haría la justicia más accesible. ¿Por qué? Por ejemplo, en el caso de una víctima de violencia sexual, lo que se propone es implementar los peritos comunitarios, es decir, personas awajún que tengan conocimiento en medicina y que puedan certificar las lesiones a través de una evaluación inmediata de la víctima. Actualmente, si hay un caso de violación en un territorio alejado de la ciudad, pasan varios días de viaje para llegar a Bagua, y cuando la víctima encuentra al médico ya es imposible identificar las lesiones o tomar muestras para hacer una prueba de ADN”.
La creación e implementación de un sistema judicial indígena, que se base en el conocimiento del territorio, su población y sus costumbres, es fundamental para mejorar el acceso a la justicia de los pueblos indígenas y contrarrestar la impunidad. Además, las demandas del GTAA se sustentan legalmente tanto en la Constitución Política del Perú, cuyo artículo 149 establece la facultad de las autoridades comunales de ejercer funciones jurisdiccionales, como en el Convenio N.º 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que reconoce los derechos a la autodeterminación y autogobierno de los pueblos indígenas.
Al respecto, el Pamuk Gil Inoach destaca: “Si pensamos en el Estado, tenemos que reconocer que todos somos parte de él; aquí el interés mayor es que la justicia pueda llegar a todo el territorio, pero el Estado no solamente es la justicia ordinaria, es la justicia especial también. ¿Cómo hacer eficiente la justicia en territorio awajún? A través de un sistema propio de nuestro pueblo, que el Estado debe apoyar y reforzar”.