Cantagallo y la discriminación en Twitter tras el incendio

Psicoanalista Jorge Bruce analiza el porqué en redes se lanzaron comentarios racistas contra la comunidad Shipiba

Unas 2.000 personas lo perdieron todo en Cantagallo pero en redes sociales afloró un sentimiento que dista mucho de la solidaridad. (El Comercio)

Unas 2.000 personas lo perdieron todo en Cantagallo pero en redes sociales afloró un sentimiento que dista mucho de la solidaridad. (El Comercio)

09:16|09 de noviembre de 2016.- El incendio que dejó sin vivienda a más de 250 familias de la comunidad shipibo-konibo de Cantagallo ha movilizado a decenas de voluntarios que llegaron hasta esta zona del Rímac para ayudar a los damnificados. Sin embargo, en medio de las muestras de solidaridad también han aparecido comentarios que han generado polémica.

En Twitter y Facebook, se pueden leer varios comentarios racistas y discriminadores, que cuestionan la llegada de miembros de la comunidad shipibo-konibo a Lima. Incluso señalan que estos no tienen derecho a asentarse en una ciudad que no es la suya.

Los comentarios, como no podía ser de otra forma, han generado el rechazo masivo en redes sociales. No obstante, otros usuarios sostienen que la Municipalidad de Lima no debería gestionar un terreno para la reubicación de la comunidad shipibo-konibo.

Para el psicoanalista Jorge Bruce, el problema con frases como estas es que validan un discurso discriminador que trae consigo réplicas violentas y actitudes de odio hacia los inmigrantes. Además, buscan “chivos expiatorios” para culpar de los problemas de fondo en la ciudad, en este caso la reubicación prometida en el 2011 pero truncada por la gestión de Luis Castañeda Lossio que utilizó el dinero del fideicomiso de Río Verde para la construcción del by-pass de 28 de Julio.

“Si alguien dice que ellos (los shipibos de Cantagallo) no tienen derecho a estar ahí porque son de Ucayali está violando la ley porque está yendo contra su derecho de moverse con libertad por el país”, dijo a El Comercio.

Asimismo, Bruce, autor del libro “Nos habíamos choleado tanto: psicoanálisis y racismo”, considera que la libertad de opinar termina cuando incita la vulneración de derechos. “Deja de ser opinión cuando viola la ley. Esto es cuando la opinión está activamente fomentando que no se respeten los derechos de las personas”, precisó.

Si bien la discriminación y el racismo son problemas sociales arraigados en nuestro país, no es imposible superarlos. Jorge Bruce sostiene que el primer paso para ello es aplicar la ley de manera más rigurosa pues existe el delito de discriminación.

“El incendio en Cantagallo ha dado lugar a que se manifiesten respuestas que estaban encapsuladas, mucho desprecio y odio en algo que no es muy diferente a lo que ocurre en Europa con los inmigrantes del medio oriente”, enfatizó.

Incendio En Cantagallo: La Tragedia Vista Desde Un Dron [VIDEO]

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Un dron de El Comercio permitió ver que la zona de Cantagallo quedó totalmente devastada a consecuencia del incendio. Las viviendas precarias, levantadas en base a madera y calamina, quedaron destruidas. Solo quedaron en pie las que fueron construidas de material noble. (Aarón Ormeño)

Cabe señalar que la comunidad shipibo-konibo de Cantagallo paga arbitrios a la Municipalidad del Rímac desde el año 2007, cuando esta comuna les otorgó un certificado de posesión. Seis años antes, la Comisaría PNP del Rímac también les había dado una constancia de posesión del inmueble denominado Isla Cantagallo, según informó la Defensoría del Pueblo.

Debido a que la construcción del proyecto Línea Amarilla se realizaría en esta zona, en el 2011 iniciaron las coordinaciones para su reubicación.

DATOS

  • De acuerdo a la Constitución Política del Perú (Capítulo I, artículo 2°, inciso 11) toda persona tiene derecho “a elegir su lugar de residencia, a transitar por el territorio nacional y a salir  de  él  y  entrar  en  él,  salvo  limitaciones  por  razones  de  sanidad  o  por mandato judicial o por aplicación de la ley de extranjería”.
  • El delito de discriminación fue incorporado al Código Penal en el año 2000. El artículo 322 lo sanciona con penas privativas de libertad entre los 2 y 3 años o prestación de servicios a la comunidad de 60 a 120 jornadas.

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Fuente: El Comercio

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